Una comunidad de vecinos de Palma de Mallorca acaba de recibir una multa de 50.000 euros por instalar 47 cámaras de videovigilancia con reconocimiento facial sin la preceptiva Evaluación de Impacto en Protección de Datos (EIPD). La noticia, publicada ayer por Última Hora, es un recordatorio urgente para miles de comunidades en Madrid: instalar cámaras sin seguir el procedimiento legal puede salir muy caro.

¿Qué dice la ley sobre videovigilancia en comunidades de vecinos?

La normativa que regula las cámaras en zonas comunes combina el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD). Los requisitos fundamentales son:

  • Aprobación en Junta: La instalación debe ser aprobada por tres quintas partes de los propietarios, que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
  • Cartelería obligatoria: Cada cámara debe ir acompañada de un cartel visible que indique el responsable del tratamiento (la comunidad), la finalidad, los derechos de los afectados y un contacto.
  • Conservación limitada: Las grabaciones no pueden conservarse más de 30 días, salvo que exista indicios de incidente o sean necesarias como prueba.
  • Solo zonas comunes: Las cámaras no pueden apuntar a la vía pública ni a propiedades privadas de terceros.

Sanciones que pueden alcanzar los 50.000 euros

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha endurecido su postura en los últimos años. Las multas a comunidades de propietarios por incumplimientos en videovigilancia oscilan habitualmente entre 300 y 30.000 euros, aunque en casos graves —como el uso de reconocimiento facial sin EIPD— pueden superar los 50.000 euros.

Los errores más frecuentes que derivan en sanción son: no colocar carteles informativos, grabar espacios públicos o propiedades privadas ajenas, no registrar el tratamiento ante el delegado de protección de datos y conservar imágenes más tiempo del permitido.

Hikvision: tecnología que cumple con la normativa

Una instalación profesional con sistemas Hikvision permite configurar correctamente todos los parámetros legales: ángulo de visión restringido a zonas comunes, borrado automático de grabaciones a los 30 días y gestión de accesos. En Continox instalamos equipos Hikvision integrados con alarmas Jablotron, de forma que la videovigilancia y la detección de intrusos funcionan como un sistema unificado.

La tecnología AcuSense de Hikvision reduce las falsas alarmas hasta un 90% distinguiendo personas y vehículos de otros movimientos, y el sistema Hik-Connect permite a los administradores de fincas o al presidente de la comunidad revisar incidencias en tiempo real desde el móvil, sin infringir la privacidad de los vecinos.

¿Cómo instalar cámaras en tu comunidad sin riesgo de multa?

El proceso correcto pasa por tres pasos: primero, aprobar la instalación en Junta con la mayoría requerida; segundo, encargar la instalación a una empresa certificada que configure el sistema conforme al RGPD; y tercero, registrar el tratamiento de datos y colocar la cartelería obligatoria.

En Continox asesoramos a comunidades de vecinos en Madrid en todo el proceso: desde la propuesta para la Junta hasta la configuración técnica y la documentación legal. Disponemos además de servicio técnico 24 horas para atender cualquier incidencia sin esperas. Si tu comunidad aún no cuenta con un sistema de videovigilancia homologado —o si quieres revisar el que ya tienes—, también podemos ayudarte con la instalación de una puerta acorazada Fichet que complete la seguridad perimetral del edificio.

📍 C/ Dr. Castelo, 1 — Madrid 28009 | 📞 914 311 401

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