En 2026 la Agencia Espanola de Proteccion de Datos ha dejado claro que la videovigilancia en comunidades de propietarios ya no es un asunto menor: una comunidad con 47 camaras y un sistema de reconocimiento facial sin la preceptiva Evaluacion de Impacto en Proteccion de Datos (EIPD) recibio una sancion de 50.000 euros, y otra comunidad fue multada con 20.000 euros despues de que su presidenta compartiera grabaciones por WhatsApp (resolucion PS-00345-2024). Si tu comunidad en Madrid tiene camaras instaladas o esta pensando en instalarlas, conviene conocer exactamente que exige la ley antes de que un vecino descontento presente una reclamacion.

Que exige el RGPD a las comunidades de vecinos que instalan camaras

La instalacion de un sistema de videovigilancia en zonas comunes requiere el acuerdo de las 3/5 partes de los propietarios que representen a su vez las 3/5 partes de las cuotas de participacion. Una vez aprobado, la comunidad se convierte en responsable del tratamiento de datos y debe cumplir varias obligaciones: colocar carteles informativos en todos los accesos a las zonas grabadas, mantener un Registro de Actividades de Tratamiento conforme al articulo 30 del RGPD, restringir el acceso a las grabaciones a personas designadas y, en instalaciones con reconocimiento facial o un numero elevado de camaras, realizar una EIPD previa.

El error mas caro: camaras mal configuradas o grabaciones mal gestionadas

Las infracciones mas habituales que sanciona la AEPD son sencillas de cometer y faciles de evitar con una instalacion profesional: camaras que apuntan a la via publica o a viviendas vecinas en lugar de limitarse a zonas comunes, ausencia de cartel informativo, conservacion de las grabaciones mas alla de 30 dias sin borrado automatico, y difusion de imagenes por canales no autorizados como grupos de WhatsApp. Las sanciones por estos incumplimientos oscilan entre 300 y 30.000 euros, aunque los casos graves o reincidentes pueden multiplicarse.

Como una instalacion profesional con Hikvision evita estas sanciones

Un sistema de videovigilancia Hikvision bien proyectado resuelve de raiz la mayoria de estos riesgos: el NVR se configura para borrar automaticamente las grabaciones a los 30 dias, el angulo de las camaras se limita por diseno a las zonas comunes de la finca, y el acceso a las imagenes queda restringido por usuario y contrasena al presidente o al administrador designado como responsable del tratamiento. Combinar las camaras con un sistema de alarmas Jablotron en portales y zonas comunes refuerza la seguridad sin necesidad de ampliar el numero de camaras ni el alcance de la grabacion, reduciendo asi el riesgo de una EIPD obligatoria.

Que hacer si tu comunidad ya tiene camaras sin cumplir la normativa

Si tu comunidad ya cuenta con un sistema instalado hace anos, merece la pena una revision tecnica: comprobar el campo de vision real de cada camara, verificar que el NVR borra las grabaciones a los 30 dias y confirmar que la carteleria esta en regla. Nuestro servicio tecnico oficial Fichet revisa tambien instalaciones de terceros y puede reconfigurar o sustituir equipos que no cumplan estos requisitos.

La seguridad de una comunidad de vecinos no deberia convertirse en un problema legal. En Continox llevamos anos instalando sistemas de videovigilancia y alarmas en fincas de Madrid con la configuracion tecnica adecuada para cumplir el RGPD desde el primer dia.

Direccion: C/ Dr. Castelo, 1 – Madrid 28009 | Telefono: 914 311 401

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