Cada cierto tiempo circulan titulares sobre una «nueva ley de alarmas» o un «nuevo reglamento de seguridad privada». Conviene separar lo que está en vigor de lo que son borradores. A fecha de octubre de 2026, el marco general sigue siendo la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, desarrollada todavía por el Reglamento aprobado en el Real Decreto 2364/1994, que sigue vigente en todo lo que no contradice a la ley.

Qué ha cambiado realmente

El último intento oficial de aprobar un reglamento nuevo fue un proyecto de real decreto sometido a audiencia pública el 31 de mayo de 2018, que nunca llegó a aprobarse ni a publicarse en el BOE. Los cambios recientes llegan por órdenes y resoluciones de menor rango, como la Orden INT/25/2026, de 19 de enero, que afecta a la habilitación de instructores de tiro y no a la instalación doméstica de alarmas. Dicho de otro modo: ningún borrador obliga a nadie, y solo cuenta lo publicado en el BOE.

Qué exige hoy una alarma conectada

Si quieres que tu alarma avise a la Policía, debe estar instalada y mantenida por una empresa de seguridad autorizada y conectada a una central receptora de alarmas (CRA). Un sistema que solo hace sonar una sirena es legal, pero no genera aviso a las fuerzas de seguridad. Si dudas de qué tipo de aviso genera la tuya, repasa la diferencia entre alarmas verificadas y no verificadas y cómo funcionan los sistemas Jablotron.

Cámaras: lo que sí se aplica ya

En videovigilancia, lo que pesa en el día a día no es la ley de seguridad privada sino la normativa de protección de datos y los criterios de la Agencia Española de Protección de Datos. En la práctica, esto implica señalizar la zona videovigilada con un cartel informativo, no captar vía pública más allá de lo imprescindible y conservar las grabaciones el tiempo mínimo necesario, con un máximo general de un mes salvo que se usen como prueba de un delito. En comunidades de vecinos, además, la instalación debe contar con el acuerdo correspondiente de la junta.

Qué hacer para estar tranquilo

Revisa que tu instalación conste a nombre de una empresa autorizada, que el contrato de mantenimiento esté al día y que tu cableado y baterías se prueben periódicamente. Una puerta robusta también cuenta: un buen sistema de alarma funciona mejor si la entrada es resistente, por eso conviene combinarlo con una puerta acorazada Fichet y una cerradura de calidad como las cerraduras Point Fort Fichet. Y si algo falla o tienes dudas sobre tu equipo actual, nuestro servicio técnico 24h puede revisarlo.

C/ Dr. Castelo, 1 — Madrid 28009 | Tel. 914 311 401

Llama Ahora Cerrajeros 24h